Tres integrantes de una familia empresaria conversan en una sala de juntas con documentos sobre la mesa

Compraventa de acciones entre familiares: reglas de liquidez para diseñar la salida de un accionista sin romper la familia

Tarde o temprano, alguien en la familia va a querer vender sus acciones. Puede ser un hermano que nunca trabajó en la empresa y ahora tiene otro proyecto, una prima que se está divorciando o el propio fundador, que quiere dejar sus cosas en orden. Rara vez hay mala fe. Lo que casi siempre falta es una regla, y cuando la compraventa de acciones entre familiares se hace sin reglas, una plática de dinero acaba convertida en una discusión de lealtades.

La compraventa de acciones entre familiares funciona cuando la familia acordó por adelantado cuatro cosas: cómo se valúan las acciones, en qué momentos se pueden vender, quién tiene prioridad para comprarlas y cómo se pagan. Eso es lo que se conoce como mecanismo de liquidez. Sin él, cada salida se negocia como excepción y en el peor momento.

Por qué vender dentro de la familia se complica tanto

Casi nunca se complica por el hecho de vender, sino porque el tema sale cuando ya hay prisa. El que necesita el dinero llega con una fecha en mente, y el que se queda lo recibe como un golpe a la caja o como señal de que su hermano ya no cree en el proyecto.

Y estas salidas no deberían sorprender a nadie. En un artículo actualizado en 2024, Cambridge Family Enterprise Group enumera los motivos más frecuentes: matrimonio o divorcio, incapacidad, mala conducta, retiro o muerte. Nadie sabe cuándo llegan, pero todos sabemos que llegan.

Piensa en una situación tipo, armada con rasgos frecuentes y no con un caso real. Una hermana que no trabaja en la empresa quiere vender parte de sus acciones para arrancar un proyecto propio, y su hermano, que dirige el negocio, acaba de meter la caja en una expansión. Los dos tienen buenos argumentos. Ninguno tiene una regla a la cual recurrir.

Compraventa de acciones entre familiares: qué conviene acordar antes

Para que una venta así no sea una negociación a ciegas, la familia necesita resolver antes cuatro temas.

Qué acordar Si no se acuerda
Valuación Cómo se calcula el precio y cada cuánto se actualiza Cada venta reabre el precio
Ventanas Cuándo se puede vender, con cuánto aviso y hasta qué monto Cualquier solicitud presiona la caja
Prelación Quién compra primero: la propia rama, los demás familiares y, al final, un tercero Las acciones pueden salir de la familia
Financiamiento De dónde sale el dinero, en qué plazo y con qué garantías Hay acuerdo, pero no con qué cumplirlo

Los cuatro van amarrados: de poco sirve un precio justo si nadie tiene con qué pagarlo.

El que más se olvida es el financiamiento. The Family Business Consulting Group describe fórmulas basadas en utilidades pasadas o en el valor en libros, con pagos repartidos entre tres y diez años que se detienen si la empresa se queda corta de caja. Así, la salida de un socio no le quita aire al negocio.

Cómo hablar del precio sin que se vuelva personal

En la valuación es donde más se atoran estas pláticas, y casi nunca por un tema técnico: cada uno sabe de qué lado de la mesa va a estar.

Quien opera piensa en el riesgo que ha cargado y en el trabajo que sigue metiendo. Quien vende piensa en el patrimonio que ayudó a construir o que heredó. Los dos tienen parte de razón.

Funciona mejor separar la conversación en dos momentos. En el primero se decide el método, sin hablar de montos: precio fijo revisable, fórmula o avalúo de un tercero independiente, quién escoge al valuador y cada cuánto se actualiza. Conviene hacerlo cuando nadie piensa vender, para que nadie saque cuentas a su favor. El segundo llega cuando alguien sí quiere salir, y ahí solo se aplica lo acordado.

Si se salta ese orden aparecen cosas como un descuento por minoría que nadie pactó. Puede tener lógica financiera, pero quien vende lo vive como castigo.

Quién hace valer las reglas cuando llega el momento

Un acuerdo que nadie administra vuelve a la mesa de negociación. Suele funcionar bien un reparto así: el consejo de administración revisa que la operación no ponga en riesgo la caja, el consejo de familia acompaña el proceso y cuida cómo se comunica, y el protocolo familiar deja por escrito lo acordado, aunque la fuerza jurídica se la dan los estatutos y el convenio entre accionistas.

La ley también pone condiciones. La Ley General de Sociedades Mercantiles permite pactar en los estatutos que cualquier venta de acciones necesite autorización del consejo, que puede negarla si propone otro comprador al precio de mercado (art. 130). Lo que no permite es que una sociedad anónima compre sus propias acciones, salvo por adjudicación judicial (art. 134). Si la familia quiere que compre la empresa, habrá que buscar otra estructura con un abogado.

Aviso: Este artículo ofrece un marco general y no constituye asesoría legal ni fiscal. Cada caso depende de los estatutos y convenios de la sociedad y requiere revisión profesional.

Qué platicar antes de llamar a los abogados

Es tentador pedirle a un abogado que redacte el convenio y dar el tema por cerrado. Pero un documento solo pone en papel lo que la familia ya decidió; si no lo decidió, acaba en un cajón. Para esa plática ayuda mucho un tercero neutral, alguien que no llegue representando a nadie.

Antes de redactar nada, conviene acordar qué se quiere cuidar primero (no es lo mismo proteger el control que la unidad o la liquidez de cada quien), qué relación se quiere conservar con quien vende, en la asamblea y en las comidas de los domingos, y quién le va a avisar al resto y cómo.

Y conviene definir qué sería una salida digna. Suele bastar con que las reglas sean iguales para todos, que quien vende tenga la información que le corresponde como accionista y que nadie quede señalado por haber vendido.

La sucesión es inevitable; la ruptura no. Por eso en From Succession to Continuity™ la propiedad se trabaja junto con la familia y el gobierno de la empresa. El mejor momento para empezar es cuando nadie tiene prisa. Reúne a los accionistas y hazles una sola pregunta: si mañana alguien quisiera vender, ¿cómo calcularíamos el precio? Si todos responden lo mismo, ya tienen la primera regla. Si no, ya saben por dónde empezar.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo conviene acordar las reglas de compraventa de acciones entre familiares?

Lo ideal es hacerlo cuando nadie tiene todavía una razón concreta para vender. En ese momento nadie puede calcular si una regla le conviene, y la conversación se queda en lo que es justo. Se puede acordar después de un fallecimiento, un divorcio o una petición urgente de dinero, pero entonces se negocia con más presión y mucho menos margen.

¿Qué pasa si un accionista quiere vender y la familia no tiene ninguna regla?

Se aplica lo que digan los estatutos y la ley, y lo demás se negocia caso por caso. Si los estatutos piden autorización del consejo, este puede negarla siempre que proponga otro comprador al precio de mercado. Si no hay ninguna restricción pactada, en principio el accionista podría venderle a alguien de fuera. Por eso vale la pena revisar con un abogado qué dicen hoy los estatutos.

¿Cuánto tiempo toma acordar un mecanismo de liquidez?

Depende de cuántos accionistas haya, de lo que ya digan los estatutos y de cuántas conversaciones sigan pendientes, así que no tiene sentido prometer un plazo. Lo que sí ayuda es llevar un orden: primero el método para fijar el precio, luego quién tiene prioridad para comprar y en qué momentos, y al final cómo se paga y cómo se pone por escrito.